El 18 de febrero de 1841 en San Salvador – Estado soberano e independiente de la República Federal de Centroamérica.

La segunda Constitución salvadoreña (1841)

Luego de la desintegración de la Federación centroamericana según decreto del 30 de mayo de 1838 y supuestamente liquidado lo que podría llamarse el estilo unionista de Morazán, se instaló una nueva Asamblea Constituyente en El Salvador, que promulgó la segunda Constitución nacional el 18 de febrero de 1841, teniendo como  antecedente el Decreto Ley del 24 de julio de 1840 que fijó las bases de la nueva Constitución. Su mayor importancia radica en ser la primera Constitución unitaria de El Salvador independiente y soberano. Gobernaba don Juan Nepomuceno Lindo, de nacionalidad hondureña, después de aceptarse las renuncias de las jefaturas del Estado de don Antonio José Cañas y don Norberto Ramírez.

En la Constitución de 1841 el gobierno es republicano, popular y representativo (artículo 2º.); la religión católica, apostólica y romana se adopta como única y verdadera a  la que el gobierno  protegerá con leyes sabias, justas y benéficas (artículo 3º.). El sistema legislativo es bicameral; el Poder Ejecutivo es ejercido por un presidente nombrado directamente por el pueblo salvadoreño (artículo 42) y su duración es de dos años (artículo 44) sin que pueda fungir un día más. El título décimo-sexto establece una pormenorizada “declaración de derechos, deberes y garantías del pueblo y de los salvadoreños en particular”.

Presidió la Asamblea Constituyente que promulgó la segunda Constitución don Juan J. Guzmán; actuó como vicepresidente don Victoriano Nuila, diputado por Suchitoto, siendo ministro de Relaciones Exteriores y Gobernación don Tomás Muñoz.

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